HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 49/91

Tema: Habilitación de criaderos de porcinos

ORDENANZA N° 49/91

 

ARTÍCULO 1: Autorícese al D.E. a no exigir la presentación de planos de obras de las instalaciones requeridas para la cría de aves y porcinos, como parte integrante de la documentación necesaria para otorgar Habilitación Municipal.-

 

ARTÍCULO 2: Para tramitar la mencionada habilitación, deber presentarse croquis en escala, con balance de superficies de las instalaciones a habilitar.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y uno

 

 

Fecha de Sanción: 05/11/1991
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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