HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 17/2002

Tema: Eximición de Tasas Municipales al Centro de Prevención y Asistencia de las Adicciones para el Ejercicio 2002

ORDENANZA N° 17/2002

 

ARTÍCULO 1°: Exímase de las tasas municipales correspondientes a los Capítulos I y XXII de la Ordenanza Impositiva vigente al inmueble ubicado en la esquina de las calles Lavalle y Agüero de nuestro Partido, donde funciona el Centro de Prevención y Asistencia de las Adicciones, para el Ejercicio 2002.

 

ARTÍCULO 2°: Los beneficiarios mencionados en el Art. 1° de la presente, y que posean agua corriente con servicio medido mensual quedarán exentos del pago de la tasa mínima tabulada, de acuerdo a lo expresado en la ordenanza N° 13/2002, debiendo erogar la diferencia, medida en metros cúbicos, más la diferencia que genere el excedente de la tasa mínima del servicio de cloacas.

 

ARTÍCULO 3°: En caso de corresponder, se aplicará lo dispuesto en el Título VIII “De las infracciones a las obligaciones y deberes fiscales”, de la ordenanza fiscal vigente, en sus artículos 38°, 40° y 41°.

 

ARTÍCULO 4°: Las mencionadas exenciones no alcanzan al importe establecido para la Tasa de Alumbrado Público que actualmente percibe al Empresa Edenor S.A., de acuerdo a convenio vigente.

 

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dos.

 

Fecha de Sanción: 23/08/2002
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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