Tema: Comisión Municipal de Cultura. Actualización de Datos
ORDENANZA N° 50/2001
ARTÍCULO 1°: La Comisión Municipal de Cultura pasa a depender de la Secretaría de Gobierno, a la cual se deberá informar de todas las actividades que se realizan y proyecten para actividades mensuales y/o anuales.
ARTÍCULO 2°: Las condiciones para la conformación de la Comisión seguirán siendo las mismas enunciadas en el Art. 2° y 3° de la Ordenanza N° 42/84.
ORDENANZA N° 42/84: ARTICULO 2: Los miembros de esta comisión se desempeñaran con carácter de ad-honoren. ARTICULO 3: Durarán 2 (dos) años en sus funciones a partir de la fecha de la presente Ordenanza, pudiendo ser asignados nuevamente.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil uno.
