HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 73/2006

Tema: Prohibición a la Instalación de Antenas de Radio por 180 días

ORDENANZA N° 73/2006

 

ARTÍCULO 1°: Prohíbase por el término de hasta ciento ochenta (180) días, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, la instalación de cualquier tipo de construcción de mástiles y/o torres, soportes de antenas emisoras y/o receptoras y/o retransmisoras de radio.

 

ARTÍCULO 2°: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar por hasta ciento ochenta (180) días, a partir de su vencimiento, el plazo establecido en el Artículo 1° de la presente y/o hasta tanto la Comisión de Evaluación de Riesgo Ambiental Asociado a la Radiación Electromagnética Ionizante se expida sobre este tipo de construcciones.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil seis.

 

Fecha de Sanción: 28/12/2006
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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