HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 59/2011

Tema: Autorización al DEM para suscribir Convenios con el Ministerio de Desarrollo Social

ORDENANZA N° 59/2011


ARTÌCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a concertar y/o celebrar con el  Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires Convenios, Actas Convenios, Convenios de Cooperación, Addendas y/o Actas de Adhesión vinculados con becas y subsidios y las sucesivas renovaciones de los mismos en el marco de los distintos Programas y Subprogramas ejecutados desde esa Jurisdicción.

 

ARTÍCULO 2°: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar todo los hechos, actos jurídicos y administrativos necesarios para el cumplimiento del objeto de lo normado en el artículo 1.

 

ARTÍCULO 3º: Convalidar todos los Convenios, Actas Convenios, Convenios de Cooperación, Addendas y/o Actas de Adhesión que se hayan suscripto con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires con fecha anterior a la presente Ordenanza.

 

ARTÌCULO 4°: De forma.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil once.-

Fecha de Sanción: 13/12/2011
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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