HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 70/87

Tema: Aceptación de Objetos Folklóricos

ORDENANZA Nº 70/87

 

ARTÍCULO 1: Fíjanse como sueldo para las distintas categorías del personal Municipal, los determinados en la planilla anexo I que forma parte de la presente Ordenanza, a partir del 1 de Septiembre de 1987.-

 

ARTÍCULO 2: Fíjase en un 10% el sueldo básico los gastos de representación del Sr. Intendente Municipal.-

 

ARTÍCULO 3: Fíjase la bonificación por antigüedad para el personal Municipal en un 3% del sueldo básico por año trabajado.-

 

ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y siete

 

 

Fecha de Sanción: 16/10/1987
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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