Tema: Creación del Programa Municipal de Fortalecimiento integral a las Instituciones Intermedias
ORDENANZA N° 069/2026
ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Marcos Paz el Programa Municipal de Fortalecimiento integral a las Instituciones Intermedias destinado a fortalecer el acompañamiento institucional, administrativo y técnico a las instituciones intermedias del Partido de Marcos Paz.
ARTÍCULO 2°: El Programa tendrá como objetivo general promover el fortalecimiento institucional de las instituciones intermedias de Marcos Paz, facilitando las herramientas necesarias para la constitución, regularización y mantenimiento de su documentación y obligaciones institucionales.
Serán objetivos específicos del Programa:
a) Brindar asesoramiento para la obtención y mantenimiento de la personería jurídica;
b) Acompañar los procesos de regularización y actualización de autoridades;
c) Asesorar respecto de la confección y actualización de libros institucionales, actas, memorias, balances y demás documentación correspondiente;
d) Facilitar y acompañar la realización de trámites ante organismos municipales, provinciales y nacionales;
e) Brindar capacitaciones destinadas a dirigentes y miembros de las comisiones directivas;
f) Difundir modificaciones normativas y administrativas que resulten de interés para el funcionamiento de las instituciones;
ARTÍCULO 3°: Que el Programa Municipal de Fortalecimiento Integral a las Instituciones Intermedias tendrá asimismo como objetivo actuar como facilitador y nexo para la articulación de las instituciones intermedias con los distintos niveles del Estado —municipal, provincial y nacional—, así como con organismos públicos, instituciones educativas, entidades privadas, organizaciones de la sociedad civil y demás actores que puedan contribuir al desarrollo y fortalecimiento de sus actividades, promoviendo el acceso a programas, herramientas, capacitaciones, recursos y oportunidades de cooperación.
ARTÍCULO 4°: El Programa deberá promover la creación y funcionamiento de Consejos de Instituciones Intermedias, conformados a partir de la afinidad, ámbito de actuación o características comunes de las entidades que los integren, tales como clubes sociales y deportivos, colectividades, instituciones vinculadas a la discapacidad, centros de jubilados, entidades culturales, sociedades de fomento u otras organizaciones comunitarias. Asimismo, deberá establecer y reglamentar los mecanismos para su conformación y funcionamiento, procurando que dichos Consejos constituyan ámbitos permanentes de participación, intercambio, articulación y elaboración de propuestas entre las instituciones y el Estado Municipal.
ARTÍCULO 5°: Será Autoridad de Aplicación del presente Programa el área de Instituciones Intermedias de la Municipalidad de Marcos Paz, o la dependencia que en el futuro la reemplace.
La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la coordinación de las acciones previstas en la presente ordenanza, dando continuidad y fortaleciendo las políticas de asesoramiento y acompañamiento a las instituciones que actualmente desarrolla el Municipio.
ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza en aquellos aspectos que resulten necesarios para su implementación.
ARTÍCULO 7°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los quince días del mes de Octubre del año dos mil veintiséis.-

