HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 44/92

Tema: Reordenamiento de arrendamientos en el Cementerio Municipal

ORDENANZA N° 44/92

 

ARTÍCULO 1°: Los deudos de las personas fallecidas, cuyos restos fueron inhumados en sepulturas, nichos o urneras, vencidos sus respectivos arrendamientos o sin abonar los mismos, con anterioridad al 31 de diciembre de 1991, deberán proceder a renovar en un término de treinta (30) días a partir de la publicación del edicto correspondiente, transcurrido el plazo que se establece, se procederá a sepultar en fosa común o los restos serán depositados en Osario General según corresponda.-

 

ARTÍCULO 2°: Igual plazo se fija para presentarse ante la Administración del Cementerio, por cambio de domicilio no declarado.-

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al R.O. regístrese, publíquese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y dos.

 

 

Fecha de Sanción: 07/09/1992
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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