HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 53/2009

Tema: Autorización. Bono Contribución al Jardín de Infantes San José

 

ORDENANZA N° 53/2009


ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Jardín de Infantes “San José” la emisión de Bonos Contribución en todo el ámbito de nuestro partido, cuyos fondos serán destinados a las obras de ampliación de su nuevo edificio.


ARTÍCULO 2º: Se emitirán cinco mil (5.000) bonos -con dos (2) números cada uno-, de un valor de pesos diez ($ 10,00), pagaderos al contado a sortearse el sábado 21 de Noviembre por Lotería Nacional (no quiniela).

 

ARTÍCULO 3º: Exímase del pago correspondiente al 5/00 del total de los bonos emitidos, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 5º de la Circular No. 2 de la D.G.E. y C. de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese a la institución a la brevedad.

 

ARTÍCULO 5º: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

Fecha de Sanción: 24/09/2009
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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