HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Ordenanza N° 83/2014

Tema: Autorización. Convenio Fondo Procrear

ORDENANZA N° 083 /2014

 

Artículo 1°: Se autoriza a la suscripción por parte del Departamento Ejecutivo Municipal del Convenio de Colaboración y su Anexo I entre el Comité Ejecutivo del Fondo PRO.CRE.AR y la Municipalidad de Marcos Paz, cuyo objeto es colaborar en forma conjunta en todo cuanto sea necesario para facilitar la construcción de viviendas únicas, familiares y de ocupación permanente, financiadas con préstamos otorgados conforme los términos y condiciones establecidos por el Programa PRO.CRE.AR (Decreto 902/2012) en lotes de terrenos ubicados en la jurisdicción del Municipio.

 

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la realización de todas las acciones y gestiones necesarias para facilitar el Desarrollo del mismo en nuestro Partido; incluyendo la determinación, por el área que corresponda, de las normativas urbanísticas que resulte necesario aplicar a cada predio en el cual se materialice el Programa PRO.CRE.AR.-

 

Artículo 3°: De forma.-

 

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de Octubre del año dos mil catorce.

 

Fecha de Publicación: 31/10/2014

Fecha de Sanción: 16/10/2014
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727)
Teléfono: (0220)477-0788

Presidencia: presidencia@hcdmarcospaz.gob.ar
Secretaría: secretaria@hcdmarcospaz.gob.ar
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