HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MARCOS PAZ

Resolución 38/2026

Marcos Paz, 17 de Septiembre de 2026.-

VISTO:
El Expediente 4073-HCD-186/2026, P.R. “Rechazo ante el desfinanciamiento de las políticas sanitarias nacionales”
La Constitución Nacional;
La Ley Nacional Nº 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación.
El reporte WUENIC elaborado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF.
El pronunciamiento del Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires de julio de 2026, titulado «La crisis de cobertura en vacunación y la responsabilidad ineludible del Estado Nacional».
Las advertencias públicas formuladas por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA).
El expediente 4073-HCD 002/ 2025 P.C Repudio al desmantelamiento de las Áreas de HIV, Tuberculosis, Hepatitis, Virales y Vacunas del Ministerio de Salud de la Nación”
El actual contexto de desfinanciamiento de políticas y programas nacionales de salud; y

CONSIDERANDO:
Que, la vacunación constituye un bien social y se rige por los principios de gratuidad, obligatoriedad, equidad y prevalencia de la salud pública, conforme lo establece la Ley Nacional N.º 27.491, correspondiendo al Estado Nacional garantizar la adquisición y provisión de los insumos necesarios para el cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación;
Que, el Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires declaró una emergencia epidemiológica y ética ante el retroceso histórico de la inmunización pediátrica y de las personas adultas mayores, advirtiendo que la caída documentada de las coberturas compromete la protección colectiva de toda la población;
Que, según los datos del reporte WUENIC elaborado por la Organización Mundial de la Salud y UNICEF, más de 101.000 niñas y niños en la Argentina no han recibido ninguna vacuna del calendario, frente a los 63.000 registrados en 2021, lo que representa un incremento aproximado del 60% de la población infantil denominada “cero dosis”;
Que, la cobertura nacional de la segunda dosis de la vacuna triple viral alcanza apenas el 46%, mientras que la vacuna triple bacteriana presenta niveles cercanos al 75%, dejando a una parte significativa de la población infantil expuesta al sarampión, la rubéola, las paperas, la difteria, el tétanos y la tos convulsa;
Que, también se han denunciado interrupciones y dificultades en la provisión de vacunas antigripales y antineumocócicas destinadas a jubilados, personas adultas mayores y grupos de riesgo, generando una “privatización de hecho” por la cual el acceso a la inmunización termina dependiendo de la capacidad económica de cada persona para adquirirla en el sector privado;
Que, en el ámbito local, el Municipio de Marcos Paz sostiene una red territorial de vacunación gratuita integrada por el Vacunatorio central en el Hospital Municipal, los CAPS, la Posta de Vacunación en el Barrio La Capilla, la Estación Saludable del Barrio Torchiaro y diversos abordajes territoriales, donde se aplican vacunas del Calendario Nacional y se desarrollan campañas, jornadas comunitarias y acciones destinadas a completar esquemas y responder ante la reaparición de enfermedades prevenibles;
Que, el relevamiento efectuado en la Provincia de Buenos Aires también registró que la disponibilidad de hepatitis B pediátrica alcanzaba solamente para cubrir el 60% de lo requerido y la de triple viral aproximadamente la mitad de la demanda, además de faltantes de vacunas contra la varicela y el VPH y demoras en la entrega de dosis contra el Virus Sincicial Respiratorio;
Que, esta situación demuestra que, aun cuando la Provincia y el Municipio sostienen los dispositivos territoriales de vacunación y atención primaria, el acceso efectivo a la inmunización depende necesariamente de que el Estado Nacional cumpla con su responsabilidad indelegable de adquirir y distribuir las dosis de manera regular, suficiente y oportuna, así como de desarrollar campañas públicas de información, concientización y recuperación de esquemas incompletos;
Que, la caída de las coberturas se inscribe en un proceso más amplio de ajuste y desfinanciamiento de las políticas sanitarias nacionales, que también ha afectado la provisión de medicamentos e insumos y provocado una disminución del 55% en las entregas correspondientes al Programa Remediar, trasladando una demanda creciente hacia los sistemas de salud provinciales y municipales sin la correspondiente transferencia de recursos;
Que, bajo la Comunicación 02/2025 sancionada el 27 de marzo del 2025 este cuerpo se expresó en repudio ante el desguace y desmantelamiento de áreas claves para el manejo de enfermedades infectocontagiosas como la Tuberculosis, el VIH, la Lepra, las Hepatitis virales y las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación por parte del Gobierno Nacional;
Que el pasado 1 de abril del 2026 la Secretaría de Salud de Marcos Paz manifestó que contaba con un stock limitado de vacunas antigripales en cada efector de salud como consecuencia de la discontinuidad en el envío por parte del Ministerio de Salud de la Nación;
Que, la prevención mediante vacunas constituye una política sanitaria esencial, efectiva y solidaria, y que resulta urgente restablecer el abastecimiento, recuperar los esquemas incompletos, reconstruir la confianza pública mediante información basada en evidencia y garantizar mecanismos transparentes de monitoreo que permitan conocer las coberturas nacionales, provinciales y locales.

Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN N° 038/2026

ARTÍCULO 1°: Exprésese el rechazo al desfinanciamiento de las políticas sanitarias nacionales y solicítese la restitución de los recursos necesarios para asegurar la continuidad de los programas de prevención, atención primaria, provisión de medicamentos e insumos esenciales, incluido el Programa Remediar, evitando que su debilitamiento continúe sobrecargando a las provincias y municipios.

ARTÍCULO 2°: Acompáñese el pronunciamiento del Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires respecto de la crisis de inmunización y de la responsabilidad ineludible del Estado nacional en la materia.

ARTÍCULO 3°: Solicítese al Poder Ejecutivo Nacional y al Ministerio de Salud de la Nación el restablecimiento inmediato y sostenido del stock, la adquisición suficiente y la distribución oportuna de todas las vacunas incluidas en el Calendario Nacional, garantizando su disponibilidad en los efectores públicos provinciales y municipales de todo el país.

ARTÍCULO 4°: Solicítese la implementación urgente de una estrategia federal de recuperación de coberturas, con búsqueda activa de personas con esquemas incompletos y campañas masivas de información y concientización basadas en evidencia, con especial atención a la población infantil, el ingreso escolar y los grupos de riesgo.

ARTÍCULO 5°: Remítase copia de la presente al Poder Ejecutivo Nacional; al Ministerio de Salud de la Nación; al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; al Departamento Ejecutivo Municipal; al Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires; a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires; y a las y los legisladores nacionales y provinciales por la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 6°: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil veintiséis.-

 

 

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