Marcos Paz, 16 de Julio del 2026.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-142-2026 P.C. “Cumplimiento efectivo de las políticas de Transparencia y acceso a la información pública municipal”
La Constitución Nacional
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La Ley orgánica de las Municipalidades
Ley 12.475
Ley 14.491
Comunicación N° 009/2025 del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz
El Informe de Transparencia Fiscal Municipal de la Provincia de Buenos Aires elaborado por Transparencia Fiscal Municipal de la Provincia de Buenos Aires elaborado por la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera (ASAP) en mayo de 2026.
CONSIDERANDO:
Que el acceso a la información pública constituye un derecho fundamental y una condición indispensable para fortalecer la participación ciudadana, la transparencia institucional y el control democrático de la gestión pública.
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece la obligación de publicar información presupuestaria, financiera y administrativa de interés público, garantizando su accesibilidad para toda la comunidad.
Que mediante la Comunicación N° 009/2025 este Honorable Concejo Deliberante ya instó al Departamento Ejecutivo Municipal a actualizar el Boletín Oficial Municipal y a realizar las gestiones necesarias para incorporarse al Sistema de Boletines Oficiales Municipales (SIBOM) de la Provincia de Buenos Aires.
Que la complejidad creciente de las políticas públicas requiere fortalecer los mecanismos de publicidad de los actos de gobierno y acceso a la información.
Que el reciente Informe de Transparencia Fiscal Municipal de la Provincia de Buenos Aires elaborado por la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera (ASAP), Filial Provincia de Buenos Aires, ubicó al Municipio de Marcos Paz en la categoría de cumplimiento nulo, registrando un índice de transparencia de 0 puntos, evidenciando la necesidad de adoptar medidas que permitan mejorar la disponibilidad y accesibilidad de la información pública municipal.
Que resulta necesario avanzar en el cumplimiento efectivo de las normas y herramientas destinadas a garantizar el derecho de vecinos y vecinas a conocer, consultar y acceder a la información pública municipal.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 010/2026
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesarios para dar efectivo cumplimiento a las disposiciones vigentes vinculadas a la publicación y actualización del Boletín Oficial Municipal y demás información pública institucional, presupuestaria y financiera, garantizando su accesibilidad a través de los medios digitales oficiales.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los dieciséis días del mes de Julio del año dos mil veintiséis.-

