Marcos Paz, 20 de Agosto del 2026.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-140-2026 – P.C. "Mejoras en calle Riobamba y Urquiza –Barrio Santa María”.-
La Constitución Nacional
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La Ley orgánica de las Municipalidades
CONSIDERANDO:
Que es función de este HCD, proponer mejoras en la infraestructura vial y del mantenimiento de los espacios públicos en general. Así como responsabilidad del DEM garantizar los servicios públicos esenciales de alumbrado, barrido, limpieza, mantenimiento de calles, así como atender las necesidades de la población vulnerada.
Que la falta de luminarias sobre la calle Riobamba en el tramo que transcurre desde calle Alvear hasta Soldado Argentino y sobre la calle Urquiza desde Riobamba hasta Chacabuco dificulta el tránsito cotidiano de vecinas y vecinos.
Que la calle Soldado Argentino requiere mejoras en varios tramos a lo largo de su recorrido desde su intersección con French hacia Feijoo.
Que la inexistencia de veredas dificulta el acceso al centro de la localidad.-
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 011/2026
ARTÍCULO 1°: Solicitar al DEM disponga los medios necesarios para colocar luminarias sobre la calle Riobamba en el tramo que transcurre desde calle Alvear hasta Soldado Argentino y sobre la calle Urquiza desde Riobamba hasta Chacabuco.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al DEM arbitre los medios necesarios para realizar las mejoras correspondientes sobre la calle Soldado Argentino.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al DEM disponga los recursos necesarios para construir veredas que faciliten el acceso a pie al casco urbano.-
ARTÍCULO 4°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veinte días del mes de Agosto del año dos mil veintiséis.-

